República de Colombia
Departamento del Cesar
DECRETO No. 001630 FECHA: diciembre
3 de 2010
POR MEDIO DEL CUAL SE CONVOCA A LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL
DEL CESAR A SESIONES EXTRAORDINARIAS.
EL GOBERNADOR DEL
DEPARTAMENTO DEL CESAR, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
ESPECIALMENTE LAS CONFERIDAS EN EL ARTICULO 305, NUMERAL 12 DE LA CONSTITUCION POLITICA,
DECRETO 122 DE 1986, Y,
CONSIDERANDO
Que la Asamblea Departamental
del Cesar es una Corporación coadministradora sobre la cual también está
cimentada la
Democracia Colombiana, al constituirse en un verdadero
espacio de participación para el fortalecimiento de la Sociedad Civil, tal
como lo pregona nuestra Carta Política.
Que como órgano
coadministrador apoya todas las acciones del Gobierno Departamental, tal como
lo consagra el Artículo 300 de nuestra Constitución Política, al fijarle al
Gobernador los correspondientes derroteros a través de sus ordenanzas, para que
éste pueda ejecutar el Plan de Desarrollo.
Que a pesar de que
en la fecha ha culminado el período de sesiones ordinarias, el Gobernador está
facultado para convocar a sesiones extraordinarias, para someter a estudio
proyectos específicos, tal como lo establece el numeral 12 del Artículo 300 de la Constitución Política,
en concordancia con lo establecido en el Decreto 1222 de 1986.
Que el ejecutivo
requiere someter a estudio de la Honorable Asamblea proyectos de ordenanzas
relacionados con la ejecución del Plan de Desarrollo y las gestiones de las
distintas dependencias de la Gobernación del Cesar.
Con fundamento en lo
anterior, este Despacho,
DECRETA
ARTICULO 1°: Convóquese a sesiones extraordinarias a la Honorable Asamblea
Departamental del Cesar, para los días nueve (9), diez (10), trece (13),
catorce (14), quince (15), dieciséis (16), diecisiete (17) y dieciocho (18) de
diciembre de 2010, para que conforme al reglamento interno de la Corporación adelante
el estudio y aprobación de los proyectos de ordenanzas que se relacionan a
continuación:
·
Por medio del cual
se autoriza al Gobernador del Departamento del Cesar, para ampliar la
cobertura, los porcentajes máximos de reconocimiento y modificar el reglamento
del Incentivo a la
Capacitación Rural del Departamento del Cesar (ICR)
·
Por medio del cual
se otorga exoneración en el pago del impuesto de registro para la población
beneficiaria del programa de titulación de predios rurales en el Departamento
del Cesar (titulación)
·
Por medio del cual
se autoriza al Gobernador del Departamento del Cesar, para hacer enajenación de
vehículos y CAI´S móviles a favor del Departamento Administrativo de Seguridad
– das y la Policía
Nacional en el Departamento del Cesar
·
Por medio del cual se adiciona y modifica
parcialmente el estatuto de rentas del Departamento del Cesar - Ordenanza 012
de 2005 y Decreto 426 de 2005
·
Por medio del cual
se conceden autorizaciones al Gobernador para adoptar un programa de
saneamiento fiscal y financiero de ley 617 de 2000 y se dictan otras
disposiciones
·
Por medio del cual
se autoriza al Gobernador del Departamento del Cesar para adicionar e
incorporar recursos al presupuesto para
la vigencia fiscal comprendido entre el primero (1) de enero y el treinta y uno
(31) de diciembre de la vigencia fiscal 2010 y se confieren unas autorizaciones
al gobernador en materia presupuestal
·
Por la cual se
establece una contribución con destino al deporte y la recreación, y se dictan
otras disposiciones.
ARTICULO 2°: Convóquese a sesiones extraordinarias a la Honorable Asamblea
Departamental del Cesar, a partir del día nueve (9) de diciembre de 2010 y
dentro del período de tiempo indicado en el Artículo 1o., para que continúe con
el estudio y aprobación de los proyectos de ordenanzas aprobados en primer
debate el periodo de sesiones ordinarias que culminó el 30 de noviembre de
2010, los cuales se relacionan a continuación:
·
Por medio del cual
se autoriza al Gobernador del Departamento del Cesar, para enajenación de bien
inmueble a la
Universidad Popular del Cesar
ARTICULO 3°: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Valledupar,
Cesar, a los tres (3) días del mes de diciembre de 2010
RAFAEL RICARDO CEBALLOS SIERRA
Gobernador del Departamento del Cesar (D)
Elaboró: MARTHA MARTINEZ
Profe. Univ. Sec. de Gbno